Cinco nuevos ejes del año escolar: directores tienen más decisión
De acuerdo con la norma, los municipios deben garantizar la infraestructura y la bioseguridad en las unidades educativas donde decidan pasar clases presenciales.
El año escolar 2022 tiene al menos cinco nuevos ejes. En el primero, los directores de unidades educativas tienen mayor poder de decisión para definir las modalidades de clases (presencial, semipresencial y a distancia) y los protocolos, de acuerdo con la Resolución Ministerial (RM) 01/2022 de Educación Regular, norma que da las directrices de toda la gestión educativa.
El Ministro de Educación, Edgar Pary, presentó ayer la norma y ratificó que las inscripciones escolares comienzan el 17 de enero. “La inscripción de estudiantes nuevos al primer año de escolaridad de educación: Inicial, Primaria y Secundaria en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio se realizará durante los primeros tres días de la semana de inscripciones: lunes 17, martes 18 y miércoles 19 de enero de 2022”, indica el parágrafo primero.
Dispone -además- que el proceso de traslado de los estudiantes de un colegio a otro será entre el jueves 20 y viernes 21.
1 Pary reiteró que el carnet de vacuna anticovid no es un requisito para la inscripción escolar. Pero, el inciso B del artículo 12 de la norma, sobre el certificado o carnet de vacunas, indica -como primera novedad- que quienes no presenten este requisito deben apersonarse al centro de salud más cercano para programar las vacunas faltantes cumpliendo todas las normas y medidas de bioseguridad.
“La ausencia de este requisito no impide la inscripción de la o el estudiante, sin embargo, las directoras y directores de unidades educativas deben obligatoriamente realizar las gestiones para que las y los estudiantes estén vacunados hasta antes de culminar la gestión escolar”, indica la disposición.
Pary dijo que las clases se iniciarán el primer día hábil de febrero, que cae un martes. A partir de esa fecha se contará con 200 días de labores escolares.
2 Respecto al uniforme, el inciso tercero del artículo 50 dice que “por consenso en asamblea de padres y estudiantes se puede optar por el uso de uniforme, pudiendo ser un implemento de bioseguridad, que no significará adquirir el mismo de un lugar específico, pudiendo obtenerlo del centro comercial o lugar que le permita su economía”.
3 Pary destacó que otro de los puntos novedosos de esta disposición es que “las modalidades” de las clases continuarán siendo a distancia, semipresencial y presencial. Indicó que el regreso a las aulas “dependerá del trabajo descentralizado en los diferentes contextos educativos. No del ministerio, sino la elección sobre la modalidad que elegirán partirá desde la unidad educativa, la dirección distrital y la dirección departamental de educación, de acuerdo con el comportamiento de la Covid y será valorada en coordinación con los Sedes (Servicios Departamentales de Salud)”, dice el documento.
El artículo quinto de la RM-01/2022 indica que “el director distrital o el director (del colegio) en atención al informe epidemiológico emitido por la autoridad competente y en coordinación con la comunidad educativa definirá una o más modalidades educativas”.
Además, la norma establece que para elegir una modalidad presencial se debe evaluar si la unidad educativa reúne al menos cinco condiciones: la inexistencia de casos positivos del Covid-19, o cuando el riesgo de contagio sea mínimo o cuando haya una infraestructura, mobiliario, número de estudiantes e informe epidemiológico adecuado.
Si la curva de contagios de Covid-19, comienza a ascender y se presentan mayores restricciones emitidas por la autoridad competente de salud, la modalidad de clases será semipresencial. Pero si la curva de contagios es alta se trabajará bajo la modalidad de educación a distancia.
La norma también establece que para las clases semipresenciales y presenciales se debe contar con un protocolo de bioseguridad que será aprobado por la Resolución Biministerial N.º 0004/2021. Será asumida por las autoridades educativas, “adecuando los protocolos de bioseguridad se deben aplicar según su contexto o realidad”.
4 Pary indicó que otra de las disposiciones que figura en la norma es que los Gobiernos Autónomos Municipales “tienen la obligación de adecuar y dotar la infraestructura, mobiliario, equipamiento y material de bioseguridad de acuerdo con sus competencias concurrentes definidas por la CPE”.
5 La RM01/22 indica que entre las dos y cuatro semanas del primer trimestre se aplicará“el periodo de nivelación académica”. Este plan estará “sujeto a una planificación, según las necesidades de los estudiantes de los colegios”.
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